
Ejemplo de parte empadronado
La historia comienza así…
Chile jugaba contra Honduras en el mundial y ganaba por 1-0, al terminar el partido mi vieja recibe correspondencia y se acerca enojada conmigo pensando en que me mandé un cagazo…el tema es que lo que llegó era un parte empadronado por una carabinera al celica por pasarse una luz roja el día 23 de Junio del 2009, es decir…CASI UN AÑO ATRAS!!!
Me emputecí, ya que decía que el parte fue pasado ese día a las 8.28 de la mañana en la alameda con la caletera de autopista central…y a esa hora NUNCA PASO POR AHÍ, lo que ya era truculento. Bueno, como era luz roja es falta gravísima y sin derecho a descuento y tendría que pagar más de 100 lucas que obviamente no me interesaba en lo absoluto.
Por otro lado, me puse a pensar y me dije a mi mismo: “Pero si tenía un parte empadronado, y del año pasado, tendría que haber salido al momento de sacar este año el permiso de circulación y no salió” y ahí se me prendió la ampolleta de que algo andaba mal, por lo que me puse a investigar en internet si habian más casos iguales y me lleve una “grata” sorpresa…
Ahí es donde encontré que hay una ley en la que el plazo de notificación de un parte empadronado no puede ser superior a 6 meses, dejo un extracto…
Ley No. 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, señala en el inciso segundo del artículo 54 lo siguiente:
“Prescribirán en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de la infracción, las acciones persecutorias de la responsabilidad por contravenciones”.
Esto significa que no les pueden notificar una infracción seis meses después de cometida ésta. Si ello sucede, se puede presentar un escrito al tribunal señalando que, en conformidad al artículo 54, inciso segundo, de la Ley No. 15.231, la acción persecutoria de la responsabilidad por la contranvención señalada en la notificación está prescrita y bueno, yo lo hice ya que hoy tenía que presentarme al juzgado…
Dejo una especie de borrador del escrito que dejé hoy en el juzgado…
SEÑOR(A) JUEZ(A) DE POLICIA LOCAL
NOMBRE DEL DUEÑO DEL AUTO, OFICIO DEL DUEÑO DEL AUTO, domiciliado en DIRECCIÓN, COMUNA, en causa Rol N° NÚMERO DE LA CAUSA, a su Señoría con el debido respeto digo lo siguiente: en conformidad al artículo 54, inciso segundo, de la Ley Nº 15.231, la acción persecutoria de la responsabilidad por la contravención señalada en la notificación del parte empadronado está prescrita, dado que no fui notificado de la infracción cursada con fecha FECHA QUE TE SACARON EL PARTE hasta el día FECHA EN QUE TE LLEGÓ LA NOTIFICACIÓN, sin tener inconvenientes para obtener el permiso de circulación el presente año.
Por tanto, atendiendo a lo expuesto, pido a usted acceder a lo solicitado:
A su Señoría solicito autorizar por esta única actuación mi comparecencia sin patrocinio y poder de abogado.-
En mi caso, terminé PAGANDO CERO PESOS, ya que estoy apegado a la ley, pero los jueces suelen hacerse los desentendidos para cobrar, es por eso que dejo este servicio de utilidad pública, porque si uno conoce estos artículos…termina pagando $0 igual que yo!!!
Saludos!
Yo tengo dos de esos partes en mi haber xD
q interesante wn…
menos mal te avispaste (como siempre) y no te cagaron
FTW
uyyy dale hijo xD
xD!!!!
aaah… q pesao
a que te refieres con: oficio del dueño del auto
A lo que te dedicas…ejemplo
NOMBRE DEL DUEÑO DEL AUTO (Juan Perez), OFICIO DEL DUEÑO DEL AUTO (Electricista), bla bla bla….